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Martes 13 de julio de 2010
EL IDU TENDRA QUE DEVOLVER LOS DINEROS SOBRANTES DE VALORIZACION
La devolución de los saldos cuenta, que existan a favor de los contribuyentes por concepto de pago de la contribución de valorización local o general,

ACUERDO 179 DE 2005 IDU

Las cuentas sobrantes de valorización que tenga el IDU según el Concejal Severo Antonio Correa, deberán regresar a los contribuyentes que cancelaron por error varias veces.

Ordénese la devolución de los saldos cuenta por concepto de la contribución de la valorización, ordénese al Instituto de Desarrollo Urbano IDU la devolución de los saldos cuenta, que existan a favor de los contribuyentes por concepto de pago de la contribución de valorización local o general, en los casos determinados en este articulo los contribuyentes de las valorizaciones tanto local como general que hayan realizado el correspondiente pago de las mismas podrán solicitar al Instituto de Desarrollo Urbano IDU la devolución de los saldos a favor de estos por dicho concepto.

GIOVANNY EFRAIN MORA LOPEZ

Periodista Concejo de Bogotá,

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