Atendiendo a lo estipulado en la Ley 136 de 1994, la Ley 617 de 2000 y la Ley 734 de 2002:
Mi actividad econmica principal y sobre la cual percibo honorarios profesionales, es la de Concejal de la ciudad de Bogot. En consecuencia por otros conceptos no obtengo en la actualidad provecho econmico alguno



