Grupo Significativo de ciudadanos Pacto
COMPENDIO ESTATUTOS
cosulte aquí los estatutos de PACTO
CARÁCTER: Grupo significativo de ciudadanos sin ánimo de lucro, sujeto a principios y valores cristo céntricos.
MARCO IDEOLÓGICO: Cosmovisión Teísta Bíblica.
MIEMBROS:
- SIMPATIZANTES: Personas que se identifican con la ideología de PACTO, firmaron para su creación y votaron por sus candidatos.
- MILITANTES: Personas afiliadas que participan en actividades de PACTO (seminarios, foros, caminatas, ciclopaseos, elecciones internas, entre otros.).
- AFILIACIÓN COLECTIVA: Organizaciones de toda índole que comparten y acogen los estatutos de PACTO.
. Participar en l conformación del programa del Grupo.
. Participar en la lista de elección popular que se proponga.
Derechos . Usar los símbolos de PACTO para promover candidatos.
. Tomar parte en los actos que organice PACTO.
. Recibir información sobre PACTO.
. Disentir, conservando la unidad de decisiones internas de PACTO
. Promover, respetar y cumplir los principios, objetivos y programas,
estatutos, decisiones de órganos directivos, reglamentaciones,
Deberes informes y Código de Ética.
. No militar en otro grupo significativo de ciudadanos o partido
político.
ASAMBLEA NACIONAL: Mayor órgano de dirección.
. Período: Una vez al año o solicitud de la Dirección Nacional.
. Convocatoria: Convoca el Secretario General con 5 días de
anticipación.
REUNIÓN . Quórum: Mitad más uno.
. Decisorio: Por mayoría.
. No quórum: Segunda Asamblea dentro de mes siguiente. Se
decide por mayoría.
. Dirección Nacional.
. Secretario General.
. Delegados de Asambleas (Dptales, Dtales y Mpales). CONFORMACIÓN . Representantes de Juntas o Consejos Directivos de
Organizaciones afiliadas a PACTO.
. Dos (2) jóvenes menores de 26 años.
. Dos (2) mujeres.
. Un (1) representante de minorías étnicas.
. Director Nacional
. Nombramientos
. Veedor
. Estatutos y reformas
. Normas Éticas
. Aprobación
. Régimen disciplinario
FUNCIONES . Lineamientos, plataforma política,
y estrategia política.
. Revocatoria mandato de militantes, previo dictamen de Tribunal Disciplinario.
. Segunda Instancia en decisiones de expulsión de
Miembros de Corporaciones Públicas.
DIRECCIÓN NACIONAL: Mayor autoridad cuando no está reunida Asamblea.
Elección: Asamblea Nacional.
Período: Dos (2) años.
. Un (1) miembro = Director Nacional = Representante Legal.
. Cinco (5) miembros: dos (2) elegidos en
Corporaciones públicas y tres (3) designados
Miembros libremente.
. Colegiado . Presidente = Representante Legal (elegido para
un (1) año).
. Quórum: Mitad más uno.
. Decisorio: Mayoría asistentes.
. Secretario General
. Auditor Interno
. Nombramientos
.Revisor
. Tribunal Disciplinario
. Proyectar reforma y reglamentación de estatutos y plataforma
política.
. Desarrollar políticas y decisiones de la Asamblea.
Funciones . Fijar criterios sobre escogencia de candidatos y definir sus
Nombres.
. Convocar y presidir sesiones de Asamblea Nacional.
. Establecer términos y señalar funciones para Asambleas
Departamentales, Distritales y Municipales.
. Aprobar estados financieros y presupuesto anual.
. Ser segunda instancia en decisiones del Tribunal Disciplinario.
SECRETARIO GENERAL: Designado dentro de los miembros de PACTO por la Dirección Nacional.
. Levantar actas, llevarlas en libros y manejar el archivo.
. Atender asuntos de orden jurídico.
. Ejercer por delegación la representación legal.
Funciones . Certificar afiliaciones y retiros.
. Dar a conocer las decisiones de los órganos de dirección.
. Preparar el presupuesto anual.
BANCADAS: Militantes de PACTO elegidos para Corporciones Públicas o miembros de Corporaciones Públicas elegidos que se afilien a PACTO.
. Desarrollar políticas y acatar decisiones de Órganos de Dirección.
. Determinar actividad legislativa y control político del grupo.
. Buscar cohesión de la actividad del grupo en las demás
Funciones Corporaciones Públicas de elección popular.
. Nombrar al Coordinador y a Voceros temáticos.
. Rendir informe a la Asamblea sobre gestión.
. Dictar su reglamento.
. Por mayoría.
Decisiones . Por procedimiento democrático puede decidir Dirección Nacional.
. Empate: Se vota en el sentido en que el Coordinador indique.
COORDINADOR Y VOCERO: Elegido en primera reunión de la bancada.
Período: Seis (6) meses.
Funciones: . Convoca reuniones bancada
. Firma actas
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
TRIBUNAL DISCIPLINARIO: Conoce de la violación de principios y estatutos
del Grupo.
Miembros: Tres (3) principales y tres (3)
suplentes.
. Violación a estatutos.
. Doble militancia.
. Mala conducta cívica o ética.
FALTAS DE . Faltar al programa.
MILITANTES . No acatar directrices y decisiones de órganos de dirección y
control.
. No cumplir acuerdos de PACTO.
. Revelar asuntos confidenciales.
. Hacer declaraciones públicas que deterioren la imagen
Institucional.
. Actos graves de indisciplina.
. Incurrir en delitos.
. Lanzar calumnias contra militantes.
. Incumplimiento de deberes y obligaciones.
. Llamadas de atención verbal o escrita.
. Suspensión temporal máximo un (1)año.
. Suspensión indefinida.
SANCIONES A . Desvinculación cargo comisionado.
MILITANTES . Destitución del cargo directivo, ejecutivo o de control.
. Expulsión.
. Información personal o por correo certificado de la queja.
. Tres (3) días hábiles para contestar.
. Diez (10) días calendario para pruebas.
DEBIDO . Pronunciamiento del Tribunal.
PROCESO . Tres (3) días hábiles para interponer recursos de reposición
y apelación.
. Cinco (5) días para que el veedor se pronuncie e interponga
recursos.
. Inobservancia de directrices del Grupo.
. Inasistencia injustificada a reuniones.
FALTAS DE . Votación contraria a bancada.
MIEMBROS . Abstenerse de votar sin justificación.
BANCADA . Sostenimiento de posiciones diferentes a la de la bancada.
. Manifestación pública e injuriosa contra bancada, Grupo o
dignatarios.
. Realizar o promover conductas de transfugismo.
. Amonetación verbal o escrita.
. Pérdida derecho al voto por una sesión (cuando no altere
resultado final de votación).
SANCIONES . Pérdida derecho al voto por el número de sesiones que
MIEMBROS determine el Tribunal Disciplinario (cuando el voto contrario es
BANCADA sostenido durante todo el debate).
. Suspensión derecho al voto hasta 90 días calendario.
. Pérdida derecho al voto por un (1) año.
. Pérdida indefinida del derecho al voto.
. Pérdida definitiva del derecho al voto.
. Expulsión.
. Solicitud pérdida investidura ante instancia correspondiente
VEEDOR: Propicia el cumplimiento de deberes y obligaciones de los miembros
del Grupo.
. Velar por el cumplimiento de deberes de los miembros.
. Velar por cumplimiento del régimen de inhabilidades e
Funciones incompatibilidades de los servidores públicos pertenecientes
al grupo y en caso de violación promover acciones.
. Presentar informe semestral de gestión.
. Pronunciarse o interponer recursos en procesos disciplinarios.


