PROMUEVE POL蚑ICA P贐LICA PARA LA LIBERTAD RELIGIOSA
CONCEJAL CARLOS P蒖EZ
El Concejal Carlos P閞ez, pone a consideraci髇 de la comisi髇 el proyecto de acuerdo No. 121
El Concejal Carlos P閞ez, pone a consideraci髇 de la comisi髇 el proyecto de acuerdo No. 121 揚OR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE POL蚑ICA P贐LICA PARA EL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CULTOS EN BOGOT D.C., Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES, con el cual se pretende promover la efectiva aplicaci髇 de los deberes y derechos que les asiste a las comunidades religiosas, a trav閟 de unas directrices claras de pol韙ica p鷅lica.
Los derechos propios de la libertad religiosa deben ser de aplicaci髇 inmediata, como todos los derechos fundamentales, como lo consagra el art韈ulo 85 de la Constituci髇 Nacional.
Seg鷑 lo menciono el Concejal Calos P閞ez, la libertad de cultos no necesitar韆 desarrollo legal para ser reconocido y garantizado por el Estado, ya que la Constituci髇 le dio ese valor agregado.
Sin embargo, nos encontramos con una proliferaci髇 de creencias religiosas que no cuentan con el m韓imo de garant韆s en el respeto de sus derechos, por lo que muchas denominaciones religiosas se ven avocadas a hacerlos valer a trav閟 de acciones tutelares, policivas y penales, porque no encuentran en las autoridades distritales el amparo de los mismos, no obstante constitucionalmente son las llamadas a brindar esa protecci髇.
El problema entonces no radica en la existencia de la garant韆 del derecho, sino en la no ejecuci髇 o aplicaci髇 del mismo por parte de las autoridades distritales.
換uiero ser claro en que no estoy proponiendo directamente una pol韙ica p鷅lica de libertad religiosa, sino unos lineamientos para toda pol韙ica p鷅lica en Bogot orientada hacia las comunidades religiosas. Afirma el Concejal
Al igual que otros grupos minoritarios que hacen parte de la Bogot Diversa, a quienes les fue aprobado lineamientos de pol韙ica p鷅lica para la protecci髇 de sus derechos y su desarrollo integral (Acuerdos 175 de 2005, 359 de 2009 y 126 de 2009), los cuales, a pesar de gozar de garant韆 constitucional y legal, tambi閚 les eran desconocidos, la comunidad religiosa requiere de un acuerdo de ciudad que haga efectivo sus derechos, promoviendo su real aplicaci髇.
Lo que queremos ahora es reclamar, a trav閟 de esta corporaci髇, el reconocimiento a la igualdad frente a otros grupos sociales que han logrado un trato diferencial, y que al igual que nosotros hist髍icamente tambi閚 han sido excluidos de las decisiones que los afecta. Concluye H.C Carlos P閞ez.


