El Concejal Diego Molano, autor del proyecto, invitó a todos los concejales a acompañar esta iniciativa.
Bogotá, 18 de junio de 2019. Fue radicado ya en el Concejo de Bogotá, el Proyecto de Acuerdo por medio del cual se establecen zonas libres de drogas en el Distrito Capital con la finalidad de garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes a un ambiente sano, a la protección, a la salud y a la recreación.
El Concejal de Centro Democrático, Diego Molano Aponte, autor del proyecto, manifestó que esta es una competencia del Cabildo y que lo permite el Decreto 1421 Estatuto Orgánico de Bogotá; dijo que la misma Sentencia de la Corte Constitucional establece que será el legislador en el Código de Policía, el que regule los sitios donde se puede o no consumir especialmente aquellos que pueden causar efectos nocivos para la sociedad.
El proyecto establece que a partir de la entrada en vigencia del presente acuerdo se declaran los parques de escala metropolitana, regional, zonal, vecinal y de bolsillo y demás espacios deportivos y culturales de la ciudad de Bogotá, así como el espacio público aledaño a las instituciones educativas del Distrito Capital, como “Zonas Libres de Drogas”.
En estos lugares libres de drogas no se podrán tener o consumir sustancias como alcohol, cigarrillo y sustancias psicoactivas ilícitas, tales como marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína o sustancias derivadas de la amapola, drogas sintéticas, cualquiera de las sustancias, naturales o sintéticas que figuran en la listas I y II de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y su Protocolo de Modificación, celebrada en Ginebra el 25 de marzo de 1972, aprobada por medio de la Ley 13 del 29 de noviembre de 1974; que se encuentren incorporadas en las listas I, II, III y IV del Convenio de las Naciones Unidas sobre sustancias sicotrópicas, aprobado por medio de la Ley 43 del 29 de diciembre de 1980; o cualquier otra sustancia que se encuentre legalmente prohibida.
A quienes consuman cualquiera de las drogas enunciadas le serán aplicadas las medidas correctivas establecidas en el parágrafo 1 del artículo 33 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia.
Dice también que la administración distrital podrá instalar, progresivamente y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal que para ello se asigne, letreros que indiquen que los lugares establecidos en el presente acuerdo son Zonas Libres de Drogas e indicarán que dentro de ellas no se pueden portar ni consumir este tipo de sustancias.
Molano invitó a todos los concejales a acompañar esta iniciativa y les dijo que esta era la única forma de quebrar el círculo del mal que comienza con la primera fumada de marihuana en los parques para luego ser inducidos al consumo constante y posteriormente al delito. Recordó que Los derechos de los niños prevalecen sobre los demás
En un plazo no superior a tres meses, después de la entrada en vigencia del presente acuerdo, la administración distrital regulará la distancia alrededor de las instituciones educativas en que aplicará la restricción.
“Este proyecto es positivo y logrará salvar vida de niños y jóvenes”, finalizó el Concejal.