Operador Público de transporte, inconveniente si pasa de afán por el Concejo

Según el artículo 92 del Plan de Desarrollo, aprobado en primer debate en el Concejo, Bogotá creará una sociedad denominada "Operadora Distrital de Transporte", cuyo principal objeto es la prestación del servicio público de transporte masivo en la ciudad para sus diferentes componentes (zonal o troncal) y modalidades (TransMiCable, Servicio Zonal y Servicio Troncal), con la autorización para prestar el servicio en municipios vecinos y no exclusivamente en la capital.

Sin embargo, hay que tener en cuenta por antecedentes de este tipo, que un operador público, puede generar mayores ineficiencias y por ende resultar más costoso de no analizarse bien la propuesta y ejecutarla de la manera más consiente con los recursos de la ciudad. Según lo contemplado, la Administración tiene solo 12 meses para constituirlo y a pesar de plantearse como una decisión primordial para las finanzas y el funcionamiento del transporte de Bogotá, en el documento del Plan se especifica muy poco al respecto.

De acuerdo con la concejal de Bogotá, Lucía Bastidas, “resulta inconveniente en este momento; no hay estudios que soporten la tesis de la Administración sobre la necesidad de crear la empresa. Además, así como ocurre con la intención de crear entidades para diferentes criterios dentro del PDD, insisto, en que ese tipo de iniciativas, deben pasar por aparte como proyectos de acuerdo para ser estudiados a profundidad en las comisiones que se requiera, antes de una aprobación apresurada que pueda afectar a la ciudad”.

Hasta el momento, la constitución del operador público no implica que desde TransMilenio puedan dar terminación a todos los contratos que ya están en ejecución por parte de los 16 operadores privados; por ende, la discusión a esta altura debería centrarse en fortalecer los mecanismos de gestión y control, por ejemplo, para los operadores que prestan el servicio y la gestión de TransMilenio.

De acuerdo con Bastidas, lo más acertado en este caso sería la supresión del artículo 92 dentro del PDD, dándole tiempo al Distrito de presentar con detalle y proyección este proyecto por aparte al Concejo de Bogotá para que se discuta con la profundidad que requiere, y si es el caso, se convierta en realidad para la ciudad, pero luego de evaluar los pro y los contra que podría conllevar.

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