Dado esto, desde el inicio del año 2025 se iniciará con el mínimo de 10% de vehículos que se hayan adquirido y así, gradualmente hasta cumplir que el 100% de la flota sea de vehículos eléctricos o de cero emisiones, incluyendo la totalidad de vehículos usados por el Gobierno.
El decreto en mención, establece medidas para la construcción de estaciones de carga rápida: "dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, los municipios de categoría especial, excluyendo de estos a Buenaventura y Tumaco, podrán garantizar que existan en su territorio, como mínimo, cinco estaciones de carga rápida en condiciones funcionales". Adicional, cita que, la construcción de dichas infraestructuras se va a realizar en asociaciones público privadas dentro de los municipios.
El tema comprende adicionalmente, una deducción a la hora de realizar la revisión técnico - mecánica y de emisiones contaminantes; ya que esto asegura que dichos vehículos no tendrían restricción de circulación tales como lo son el pico y placa, día sin carro, restricción de movilidad en materia de cuidado ambiental o sea la restricción que se llegara a presentar, a menos que, lleguen a atentar por algún motivo la seguridad ciudadana.
Conforme lo indica Ricardo Loza, ministro de ambiente, el propósito de este decreto es la disminución de enfermedades respiratorias, las cuales son producidas por la pésima calidad del aire que poseen las ciudades, haciendo parte del pacto de responsabilidad nacional.